13 de mayo de 2024
La pol??mica que hace a??os nos invade

La ??ltima semana circul?? por las redes una c??mara oculta de los colegas de Que Pasa Salta, donde a modo de experimento social, dos j??venes intentan ingresar a una sala con alimentos de segundas marcas comprados en el supermercado.
Si bien en todas las cadenas de cines se informa que no est?? permitido el ingreso a las salas con comida comprada fuera de su ??mbito, a priori no existir??a ninguna norma que lo proh??ba. 
Los dos j??venes no pudieron ingresar con sus productos y es com??n ver este tipo de situaciones cuando se va al cine, donde los argumentos de ambas partes (cliente y empresa) pueden resultarnos m??s o menos v??lidos seg??n desde donde se los mire.

??Qu?? dice la ley respecto a esto?
El art??culo 42 de la Constituci??n Nacional establece que los consumidores tienen derecho «a una informaci??n adecuada y veraz; a la libertad de elecci??n, y a condiciones de trato equitativo y digno». El art??culo 1099 del C??digo Civil y Comercial aclara que «est??n prohibidas las pr??cticas que limitan la libertad de contratar del consumidor, en especial, las que subordinan la provisi??n de productos o servicios a la adquisici??n simult??nea de otros, y otras similares que persigan el mismo objetivo».
A su vez, en el art??culo 2 de la Ley de Defensa de Competencia se especifica que est?? prohibido «subordinar la venta de un bien a la adquisici??n de otro o a la utilizaci??n de un servicio» y la Ley de Defensa del Consumidor entiende a esta pr??ctica como una cl??usula abusiva. 
??Y qu?? dicen las empresas?
En general todos los complejos de cines poseen habilitaci??n para operar como cine, snack bar confiter??a, venta de golosinas y elaboraci??n y venta de pochoclos. Esto significa que su ??mbito va m??s all?? de la mera proyecci??n de pel??culas. Por tal motivo no se est?? permitido el ingreso de alimentos no adquiridos en los propios cines (es el mismo caso para un cliente que se siente en un restaurant y se disponga a beber o comer productos comprados en otro lugar). De esta forma se manejan los boliches, recitales, espect??culos deportivos, parques de diversiones, etc. Los cines se dedican a la venta de productos, espacios publicitarios y exhibici??n de pel??culas.
Por otra parte, el espectador no tiene obligaci??n de consumir productos dentro de las salas (la compra de la entrada no infiere que deba adquirir pochoclos, por ejemplo). Por tanto no existe la venta atada. 
Y un tercer punto, es una cuesti??n de seguridad: se considera que las empresas de cines conocen los productos que venden, los cuales por ejemplo est??n desprovistos de vidrios, cortantes, etc. Si un cliente quisiera ingresar con un producto externo, no est?? garantizada la seguridad de clientes y empleados.


Actualmente existe un proyecto de ley que busca obligar a los cines a no tener un negocio con alimentos dentro de sus propios complejos. La iniciativa apunta a terminar con el debate y multar y hasta clausurar a los establecimientos que proh??ban consumir alimentos y bebidas adquiridas fuera del espect??culo.
Siendo concientes las empresas de cines que aproximadamente el 40% de sus ganancias provienen de las ventas de los Candy Bar (la proyecci??n de las pel??culas se lleva mucho dinero en impuestos), un proyecto como ese har??a que tener un cine no resultara un negocio viable para las empresas. 
En caso de aprobarse, ??qu?? suceder??a con las grandes cadenas de cines? ??Creen que cerrar??n o buscar??n una forma de reinventar su negocio?

Debajo les dejamos la c??mara oculta realizada por el equipo de Que Pasa Salta:

                                                                                                                                                 
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